La igualdad de género es fundamental para
la realización de los derechos humanos de todas las personas. Sin embargo, las
leyes discriminatorias contra las mujeres aún persisten en todos los rincones
del mundo y se continúan promulgando nuevas leyes de este tipo. En todas las
tradiciones jurídicas existen muchas leyes que continúan institucionalizando la
condición de segunda clase para las mujeres y las niñas respecto a la
nacionalidad y ciudadanía, la salud, la educación, los derechos maritales, los
derechos laborales, la patria potestad y los derechos a la propiedad y a la
herencia. Estas formas de discriminación contra la mujer menoscaban el
empoderamiento de la mujer.
Las mujeres constituyen la población más
pobre del mundo y el número de mujeres que viven en condiciones de pobreza
rural ha aumentado aproximadamente el 50 por ciento desde 1975. Las mujeres
realizan dos tercios de las horas laborales de todo el mundo y producen la
mitad de los alimentos mundiales; sin embargo, éstas perciben únicamente el 10
por ciento de los ingresos mundiales y poseen menos del uno por ciento de la
propiedad mundial1. La violencia contra las mujeres prevalece a una
escala inconcebible en todo el mundo y en todas las culturas, y el acceso de
las mujeres a la justicia suele estar caracterizado por obstáculos
discriminatorios, tanto en la ley como en la práctica.
En
algunos países, las mujeres, a diferencia de los hombres, no pueden vestirse a
su gusto, ni pueden conducir un vehículo, ni trabajar de noche, ni heredar
bienes o atestiguar en los tribunales. La amplia mayoría de leyes que son
expresamente discriminatorias y que están vigentes están relacionadas con la
vida familiar, y algunas limitan el derecho de la mujer a contraer matrimonio
(o el derecho a no contraer matrimonio en caso de matrimonios prematuros
forzados), así como el derecho a divorciarse y volverse a casar, lo cual
propicia las prácticas maritales discriminatorias, como la obediencia de la
mujer y la poligamia. Las leyes que estipulan de manera explícita la
“obediencia de la mujer” todavía gobiernan las relaciones maritales en muchos
Estados.
El ordenamiento jurídico internacional de
los derechos humanos prohíbe la discriminación por motivos de sexo y contempla
garantías para que los hombres y las mujeres puedan disfrutar en condiciones de
igualdad sus derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. A
pesar de que la Convención exige a los Estados que la han ratificado a eliminar
la discriminación contra la mujer “por todos los medios apropiados y sin
dilaciones”, son muchos los Estados que todavía conservan de manera
generalizada sus leyes discriminatorias, lo cual revela que el ritmo de las
reformas que favorecen a la mujer es muy lento. Por consiguiente, en la
duodécima sesión del Consejo de Derechos Humanos, se adoptó una resolución
titulada “Eliminación de la Discriminación contra la Mujer” en la cual se
solicitó a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos que
realizara un estudio temático sobre la discriminación contra la mujer en la ley
y en la práctica, y sobre la manera en que la ONU aborda el tema. El estudio se
haría en consulta con todas las partes interesadas pertinentes, pero en
particular, con la Comisión sobre la Condición de la Mujer. El estudio temático
será abordado en la decimoquinta sesión y se dedicará medio día de discusión
durante la sesión para decidir si se deben adoptar medidas adicionales.
La discriminación por el género de una persona en este siglo es algo que no se puede concebir. Tanto hombres cómo mujeres tenemos los mismos derechos y obligacion y podemos hacer las cosas de tal forma que se de una igualdad
ResponderEliminarEste es sin duda un tema muy relacionado al machismo que existe en nuestra sociedad. A pesar de que hay leyes que amparan específicamente a la mujer, lastimosamente en muchos países del mundo no son aplicadas o simplemente son ignoradas.
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